En la Sesión Ordinaria de la fecha el cuerpo deliberativo sancionó una Ordenanza elaborada en virtud a presentaciones realizadas por permisionarios. El texto acordado modifica dos artículos de la normativa Nº 12.170-Régimen de Estacionamiento Medido y Pago y establece dos disposiciones transitorias. De este modo se fija una tarifa de 1,5 Unidades Tributarias (UT) por hora para autos y camionetas (que actualmente equivale a $50), tanto en horario diurno como nocturno, y de 0,6 UT (equivalente a $20) para motocicletas. El texto incluye además cambios relacionados a la autoridad de aplicacion y fija el importe del talonario para el cobro del estacionamiento; entre otros puntos.
Carolina Am (PS), la edila miembro informante, dio a conocer los objetivos de la elaboración de la iniciativa, sosteniendo: “Establecer la tarifa del estacionamiento medido a través de Unidades Tributarias trae orden y previsibilidad a este sistema. Entendemos que es una norma superadora por la sencillez de su formulación y por la facilidad de su aplicación”. Además, la concejala indicó: “Al aplicar la UT se va a actualizar automáticamente cada primero de enero la tarifa del estacionamiento, esto convierte a la fijación del monto en un sistema objetivo”.
El texto que obtuvo sanción en la fecha modifica el artículo 4 de la normativa Nº 12.170, proponiendo una tarifa de 1,5 Unidades Tributarias (UT) por hora para autos y camionetas (que actualmente equivale a $50), tanto en horario diurno como nocturno, de 0,6 UT (equivalente a $20) para motocicletas. Además faculta al Organismo Fiscal a redondear las fracciones a fin de fijar los importes en pesos, a estos efectos se considerará que, del importe final determinado, los enteros en pesos hasta 5 serán equivalentes a $0 y los enteros en pesos superior a 5 serán equivalentes a $10. Además, se indica que los permisionarios cobrarán por este sistema el ochenta por ciento (80%) de lo recaudado y el veinte por ciento (20%) restante la Municipalidad de la ciudad de Salta.
En cuanto a los cambios vinculados a la Autoridad de Aplicación y de Control del Régimen de Estacionamiento Medido y Pago, se dispone que será la Agencia de Recaudación de la Municipalidad de Salta, o el organismo que en el futuro la reemplace. Se faculta además al DEM a designar a otros organismos que considere pertinentes para coadyuvar en la administración del régimen, los que podrán adoptar las medidas que consideren oportunas para una gestión eficaz. Otro de los apartados deroga el artículo 22 de la Ordenanza Nº 12.170 y las Ordenanzas N°s 15791, 15884 y 15795.
Finalmente, el texto incluye dos disposiciones transitorias. La primera establece que el talonario para el cobro del estacionamiento tendrá un importe de $500 hasta el 31 de diciembre del año 2022. La restante, que el monto de la UT será fijo a partir de la vigencia de la Ordenanza con el valor actual de $33.63 y hasta el 31 de diciembre del año 2022.
Durante el análisis de la iniciativa tomaron la palabra concejales de distintas bancadas. Eduardo Virgili (JC+), presidente de la Comisión de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial, resaltó el trabajo conjunto por parte de los ediles para la elaboración del Proyecto, a la vez que remarcó la importancia de legislar en favor de mejorar el Régimen. Por su parte, José García (UPS) consideró como acertado establecer como valor de referencia la Unidad Tributaria. Además, apeló a “no olvidar el enfoque netamente social que tiene la Ordenanza”. Otra de las edilas que tomó la palabra fue Agustina Álvarez Eichele (JC+), quien consideró como necesaria la implementación de tecnología en el Régimen de Estacionamiento Medido y Pago. En tanto, el concejal José Gauffín (JC+) puso de relieve el abordaje de la temática a lo largo de las distintas reuniones de Comisiones, “buscando un equilibrio entre lo que paga el vecino y lo que cobra el permisionario”. En este marco recalcó la necesidad de analizar la forma en que se implementa el sistema, adelantando la presentación de una iniciativa vinculada a la temática. Su compañera de bancada, Emilia Orozco, también referenció la labor que deberán emprender los legisladores, haciendo especial hincapié en el control del cumplimiento de la normativa. En este apartado hizo mención a las obligaciones que le competen a la autoridad de aplicación como así también a los permisionarios.